{"id":7436,"date":"2026-10-04T22:46:10","date_gmt":"2026-10-04T22:46:10","guid":{"rendered":"https:\/\/www.catolicosporlafe.com\/wp\/2026\/10\/04\/usa-un-acuerdo-de-200-000-dolares-por-un-bebe-abortado-plantea-una-seria-cuestion-sobre-la-personalidad-juridica\/"},"modified":"2026-10-04T22:46:10","modified_gmt":"2026-10-04T22:46:10","slug":"usa-un-acuerdo-de-200-000-dolares-por-un-bebe-abortado-plantea-una-seria-cuestion-sobre-la-personalidad-juridica","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.catolicosporlafe.com\/wp\/2026\/10\/04\/usa-un-acuerdo-de-200-000-dolares-por-un-bebe-abortado-plantea-una-seria-cuestion-sobre-la-personalidad-juridica\/","title":{"rendered":"USA: Un acuerdo de 200.000 d\u00f3lares por un beb\u00e9 abortado plantea una seria cuesti\u00f3n sobre la personalidad jur\u00eddica"},"content":{"rendered":"<p>(ZENIT Noticias \/ Nuevo M\u00e9xico, 05.10.2026).- Un caso inusual de homicidio culposo en Nuevo M\u00e9xico ha generado una sorprendente paradoja legal: un beb\u00e9 abortado a las 26 semanas de gestaci\u00f3n fue tratado como una \u00abpersona\u00bb a efectos de la ley estatal de homicidio culposo, lo que permiti\u00f3 a sus herederos recibir 200.000 d\u00f3lares en un acuerdo, a pesar de que la ley de Nuevo M\u00e9xico sigue permitiendo el aborto.<\/p>\n<p>El caso, Wabbington contra Boyd, no concluy\u00f3 con una sentencia judicial que declarara al feto como persona jur\u00eddica en t\u00e9rminos generales. El litigio se resolvi\u00f3 mediante un acuerdo con los demandados y el caso se cerr\u00f3 formalmente el 14 de septiembre de 2026. No hubo condena por homicidio ni determinaci\u00f3n de responsabilidad penal. Sin embargo, el tratamiento legal del \u00abBeb\u00e9 Wabbington\u00bb como titular de derechos en una demanda por homicidio culposo ha llamado la atenci\u00f3n por lo que podr\u00eda revelar sobre la situaci\u00f3n incierta del feto en el derecho estadounidense.<\/p>\n<p>La demanda fue interpuesta por la madre de la ni\u00f1a, tanto a t\u00edtulo individual como en representaci\u00f3n legal del patrimonio de la beb\u00e9 Wabbington, contra Southwestern Women\u2019s Options, una cl\u00ednica de abortos de Albuquerque dirigida por los m\u00e9dicos Curtis Wayne Boyd, Emily Cohen y Carmen Landau.<\/p>\n<p>Los hechos subyacentes se remontan a 2020. Seg\u00fan las alegaciones de la demanda, la mujer se someti\u00f3 al aborto bajo los efectos de la metanfetamina y no estaba en condiciones de dar un consentimiento v\u00e1lido y plenamente informado. Sus abogados, Mike Seibel y Justin Hall, argumentaron que la cl\u00ednica conoc\u00eda su consumo de sustancias y, por lo tanto, deber\u00eda haber actuado con mayor diligencia para determinar si realmente comprend\u00eda y deseaba el procedimiento.<\/p>\n<p>Seg\u00fan los informes, la madre se arrepinti\u00f3 del aborto al d\u00eda siguiente.<\/p>\n<p>La demanda tambi\u00e9n alega que la cl\u00ednica no le proporcion\u00f3 informaci\u00f3n adecuada sobre programas que podr\u00edan haberla ayudado con su adicci\u00f3n a las drogas ni sobre alternativas razonables disponibles seg\u00fan la ley de Nuevo M\u00e9xico. Otra alegaci\u00f3n se refiere a lo que sucedi\u00f3 con el cuerpo de la ni\u00f1a despu\u00e9s del procedimiento. Seg\u00fan los informes, la cl\u00ednica se hab\u00eda comprometido a trasladar el cuerpo a una funeraria, pero la demanda alega que esto no ocurri\u00f3 y que, en cambio, el cuerpo fue depositado en un contenedor de residuos m\u00e9dicos y destruido.<\/p>\n<p>Estas alegaciones situaron el consentimiento informado en el centro de la disputa. El argumento no se limitaba a que se hubiera practicado un aborto, sino a que una mujer en una situaci\u00f3n de extrema vulnerabilidad no hab\u00eda sido informada ni protegida adecuadamente antes de someterse al procedimiento.<\/p>\n<p>Seg\u00fan Seibel, el caso tambi\u00e9n representa un hecho singular en los litigios sobre aborto, ya que el da\u00f1o alegado no se limitaba a la madre. Lo describi\u00f3 como el primer caso en el que un m\u00e9dico que practic\u00f3 un aborto fue demandado por la muerte del beb\u00e9 por negligencia m\u00e9dica, con reclamaciones presentadas tanto por la madre como por los herederos del menor. Los casos anteriores, se\u00f1al\u00f3, hab\u00edan involucrado lesiones a mujeres, no una demanda por homicidio culposo relacionada con el beb\u00e9 abortado en s\u00ed.<\/p>\n<p>Por lo tanto, el acuerdo de 200.000 d\u00f3lares es significativo, aunque no siente un precedente judicial de gran alcance. Seg\u00fan el marco legal estatal sobre muerte por negligencia, el feto podr\u00eda ser considerado persona a efectos de la demanda, con un patrimonio que podr\u00eda recibir una indemnizaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Esto genera la contradicci\u00f3n central que destaca Seibel: el mismo sistema legal puede reconocer a un feto como persona para un fin, mientras que permite la interrupci\u00f3n deliberada de su vida para otro.<\/p>\n<p>Para el movimiento provida estadounidense, esta distinci\u00f3n es fundamental para un argumento de larga data: si el beb\u00e9 puede poseer intereses legalmente reconocibles, heredar derechos y tener un patrimonio, \u00bfqu\u00e9 principio separa en \u00faltima instancia a esa persona jur\u00eddica del ni\u00f1o cuya vida puede ser interrumpida legalmente antes del nacimiento?<\/p>\n<p>El caso no responde a esta pregunta. Dado que concluy\u00f3 con un acuerdo extrajudicial en lugar de una sentencia definitiva sobre el fondo, ser\u00eda excesivo afirmar que establece el reconocimiento general de la personalidad jur\u00eddica del feto en Nuevo M\u00e9xico. Sin embargo, el mecanismo legal utilizado en el caso tiene una considerable fuerza simb\u00f3lica. Demuestra que la ley puede, dentro de una misma disputa, reconocer al feto como suficientemente real como para ser la parte perjudicada en una demanda por homicidio culposo.<\/p>\n<p>La controversia tambi\u00e9n pone de manifiesto otra cuesti\u00f3n a menudo oculta en el debate sobre el aborto: la diferencia entre lo que la ley permite y lo que la ley considera moral o humanamente valioso. El permiso legal no necesariamente resuelve las cuestiones de dignidad humana, del mismo modo que el reconocimiento legal en un \u00e1mbito no crea autom\u00e1ticamente una personalidad jur\u00eddica integral.<\/p>\n<p>Esa distinci\u00f3n ya la hac\u00eda hincapi\u00e9 el Papa Le\u00f3n XIV por aquel entonces, aunque desde un marco jur\u00eddico y moral fundamentalmente diferente.<\/p>\n<p>Durante su visita apost\u00f3lica a Francia en septiembre de 2026, que incluy\u00f3 su visita a Lourdes, el Papa les dijo a los trabajadores y a las personas asistidas en el Accueil Notre-Dame que la dignidad humana no depende de la condici\u00f3n, la salud o la utilidad de una persona. Un ser humano, afirm\u00f3, es valioso simplemente por existir y por tener un destino eterno. A quienes padec\u00edan enfermedades graves o sufrimiento, les advirti\u00f3 contra la posibilidad de que la ley convirtiera la vulnerabilidad en una justificaci\u00f3n para acabar con la vida.<\/p>\n<p>\u00abLo que es legal no es necesariamente moral\u00bb, dijo Le\u00f3n XIV, situando la cuesti\u00f3n de la vida humana m\u00e1s all\u00e1 de los l\u00edmites de la legislaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Para la madre protagonista del caso Wabbington contra Boyd, la disputa comenz\u00f3 con una cuesti\u00f3n profundamente personal de consentimiento y vulnerabilidad. Para el sistema jur\u00eddico en general, ha generado una cuesti\u00f3n mucho m\u00e1s amplia. Si un feto puede tener patrimonio, herederos y derecho a reclamar una indemnizaci\u00f3n por muerte injusta, la ley ya ha dado un paso importante hacia el reconocimiento de ese ni\u00f1o como algo m\u00e1s que una mera abstracci\u00f3n legal.<\/p>\n<p>Por lo tanto, la indemnizaci\u00f3n de 200.000 d\u00f3lares podr\u00eda resultar menos importante por su cuant\u00eda que por la pregunta que plantea: \u00bfc\u00f3mo puede una sociedad compensar la muerte injusta de un beb\u00e9 y, al mismo tiempo, autorizar la interrupci\u00f3n intencionada de la vida de un feto?<\/p>\n<p>Es improbable que esta contradicci\u00f3n desaparezca con la resoluci\u00f3n de un solo caso.<\/p>\n<p><strong><em>Gracias por leer nuestros contenidos. 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