Vaticano tiende la mano y publica la “praxis para la reconciliación de los sacerdotes provenientes de la Fraternidad Sacerdotal San Pío X”

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(ZENIT Noticias / Ciudad del Vaticano, 02.07.2026).- El Dicasterio para la Doctrina de la Fe publicó el 2 de julio dos documentos con las indicaciones a seguir para acoger en el seno de la Iglesia católica a clérigos y algunos laicos de la Fraternidad Sacerdotal San Pío X que desean la reconciliación y volver a la comunión con el Papa. Lo anterior, después de la ex comunión aplicada tras las ordenaciones sin mandato pontificio sucedidas el 1 de julio en Econe. Ofrecemos la traducción que ZENIT ha realizado al castellano del documento relacionado con la acogida a sacerdotes:

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Praxis para la reconciliación de los sacerdotes provenientes de la Fraternidad Sacerdotal San Pío X

El procedimiento que sigue el Dicasterio para la Doctrina de la Fe a partir del 1 de julio de 2026 prevé que el sacerdote que ha decidido abandonar la Fraternidad Sacerdotal San Pío X, dispuesto a aceptar el Concilio Vaticano II y la legitimidad del novus ordo Missae, aunque vinculado al usus antiquior, debe:

  1. Encontrar un Ordinario (Obispo diocesano, Superior mayor de los Institutos religiosos de derecho pontificio clericales y de las Sociedades de vida apostólica de derecho pontificio clericales, etc.) dispuesto a acogerlo ad experimentum.
  2. Escribir de su propio puño y letra al Santo Padre una carta en la que se presenta y solicita la remisión de las censuras incurridas a causa de la Ordenación recibida de un Obispo excomulgado irregular, habiendo sido ordenado válidamente y legítimamente antes de ingresar posteriormente en la Fraternidad Sacerdotal San Pío X.
  3. Adjuntar el certificado de Ordenación sacerdotal.
  4. Adjuntar la Professio fidei y la Formula adhaesionis, fechadas y firmadas (cf. anexos A-B).
  5. Hacer enviar al Dicasterio para la Doctrina de la Fe los tres documentos mencionados por parte del Ordinario, quien manifestará en la carta de acompañamiento su disponibilidad a acogerlo ad experimentum en su propia Diócesis o en su propio Instituto.

En cuanto reciba los tres documentos del Ordinario, el Dicasterio redactará el Rescripto de remisión de las censuras, que será firmado por el Prefecto y por el Secretario de la Sección Doctrinal.

El Dicasterio enviará dicho Rescripto al Ordinario junto con una carta de acompañamiento mediante la cual se le autoriza a acoger al sacerdote solicitante por un período de prueba de al menos un año y no más de tres, al término del cual se podrá proceder a su incardinación.

Recientemente se ha decidido que, en caso de que el período de prueba establecido no llegue a buen término, el Ordinario procederá a devolver el Rescripto al Dicasterio para la Doctrina de la Fe, adjuntando un informe sobre las razones de la no incardinación.

Traducción del original en lengua italiana realizado por el director editorial de ZENIT.

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